El comprador de una vivienda habitual tiene derecho a deducir en el IRPF una cierta cantidad anual (de aquí la importancia de financiar la vivienda). El importe que puede deducirse es el 15% de la cantidad invertida anualmente. Aunque la inversión máxima anual con derecho a deducción es de 9.015€. Es decir, el máximo deducible anualmente por inversión en vivienda serán 1.352,25€.
No se tendrá este derecho si se ha disfrutado de la deducción por adquisición por otra vivienda habitual anterior hasta la cantidad invertida en ella. Quiere decirse que solo se podrá disfrutar del exceso.
Tampoco se deducen las ganancias exentas por reinversión (ver BENEFICIOS POR REINVERSIÓN.)
Para que una vivienda se considere habitual, tiene que cumplir:
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